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El Nuevo Reglamento de Extranjería: Aspectos Más Destacados

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    Información Sobre El Nuevo Reglamento de Extranjería: Aspectos Más Destacados

    El nuevo Reglamento de Extranjería  aprobado por Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social de España  fue  publicado en el BOE el pasado día 20 de Noviembre de 2024 .

                  Esta reforma , entrará  en vigor el 20 de mayo de 2025 y busca adaptarse a las nuevas realidades sociales, económicas y demográficas del país e introduce varias reformas significativas para simplificar trámites, fomentar la integración de migrantes y responder a las necesidades del mercado laboral , marcando una de las reformas más integrales de los últimos años

                    Ante las continuas consultas que nos efectúan los clientes del despacho  a continuación pretendemos con la publicación de este articulo brindar de forma clara , estructurada y sencilla , tanto para ellos, como  para que cualquier persona que se vea afectada por esta materia  tenga una información resumida,  rigurosa y a la vez accesible  de los cambios más relevantes que iremos desarrollando pormenorizadamente en otros post

                 Modificaciones en los visados:

                   El visado de búsqueda de empleo  y que está diseñado para personas con formación en sectores donde hay alta demanda de empleo en España. Incluso  para descendientes de españoles de origen, que permite una entrada legal al país con el objetivo de acceder al mercado laboral.

                 Este visado amplía su vigencia de tres meses a un año, facilitando que los migrantes encuentren trabajo y que las empresas recluten talento adecuado.

                  El Visado para estudios, movilidad académica, y formación permiten trabajar hasta 30 horas semanales y acceder a un permiso de trabajo al completar los estudios, del que se pueden beneficiar personas que estén estudiando o investigando en España

              Cambios en las modalidades de arraigo:

             El tiempo de permanencia de estancia irregular para poder regularizarse se reduce de tres a dos años. Es significativo que el tiempo transcurrido como solicitante de protección internacional no cuenta para este cómputo, y no se puede ser solicitante de protección internacional en el momento de la solicitud de arraigo.      

              Ahora hay CINCO FIGURAS DE ARRAIGO:

             Arraigo social: Este permite obtener un Permiso de residencia a través de medios económicos y vínculos familiares cercanos, como cónyuge o familiares de primer grado en línea directa. Se amplían las opciones para quienes cumplan estos criterios.

              Arraigo socioformativo: Este sustituye al arraigo para la formación, permite incluir estudios en curso como vía para regularizar la situación. Además, se incluye la posibilidad de trabajar hasta 30 horas semanales durante el periodo de formación.

               Arraigo sociolaboral: Este sustituye al anterior arraigo laboral, se dirige a personas que hayan trabajado en España en los últimos 2 años. Además, se flexibilizan los requisitos laborales, permitiendo precontratos de 20 horas semanales y la suma de varios precontratos, frente a las 40 horas requeridas anteriormente.

              Arraigo familiar: Si una persona es padre o madre de un menor español o que se haya declarado su nacionalidad española con valor de simple presunción, puede solicitar esta autorización para regularizar su situación y garantizar el cuidado de su hijo. Sin embargo, esta figura queda más limitada en comparación con la normativa anterior.

              Arraigo de segunda oportunidad: Este permiso está destinado a personas que hayan perdido su residencia legal en los dos años anteriores a la solicitud y necesitan una vía para regularizarse. Es una herramienta clave para abordar la irregularidad sobrevenida y facilitar la reintegración administrativa de estas personas en el sistema legal.

                  Las autorizaciones derivadas de estas figuras tendrán una duración inicial de un año, salvo en el caso del arraigo familiar que tendrá una duración de cinco años y  permitirán trabajar tanto por cuenta ajena como propia desde el inicio

                 Autorizaciones iniciales y renovaciones:

                   Las autorizaciones iniciales de residencia serán por un año, y las renovaciones, por cuatro años.

                   La residencia de larga duración se podrá gestionar sin necesidad de salir del país.

                  Reagrupación familiar ampliada:

                  Nueva autorización específica para familiares de españoles creando un permiso específico para familiares de ciudadanos españoles, quedando estos casos fuera de la actual regulación del RD 240/2007 de ciudadanos comunitarios y sus familiares.

                    El nuevo reglamento también modifica significativamente esta figura, ampliando el rango de beneficiarios, incluyendo parejas de hecho acreditadas (Se contempla la posibilidad de incluir a parejas no registradas que acrediten una relación análoga) e hijos mayores de hasta 26 años.

                  Mejora de las condiciones para reagrupar familiares de víctimas de trata o violencia (Ampliando el concepto de familiar reagrupado a los hijos y progenitores de víctimas de trata, violencia sexual o de género.) Estas medidas buscan ofrecer protección inmediata y el acceso a derechos básicos que permitan una vida digna y segura.

              En cuanto a la reagrupación familiar, se continúa exigiendo un informe de idoneidad que evalúe si la vivienda es adecuada para las personas que van a vivir en ella. Este informe incluye la evaluación de condiciones como:

              Número de habitaciones y su adecuación al número de habitantes.

               Equipamiento básico y condiciones de habitabilidad.

               Legalidad de la ocupación (como contrato de alquiler o escritura de propiedad).

                 Mayor flexibilidad laboral:

                   Los titulares de permisos de trabajo por cuenta ajena podrán realizar actividades por cuenta propia de forma paralela.

                  Se amplia también el catálogo de ocupaciones de difícil cobertura.

               Se fortalecen los derechos laborales de los migrantes, incluyendo condiciones claras y mayor protección contra abuso. (Nuevas garantías para los trabajadores de temporada, con posibilidad de cambiar de empleador en casos de abuso)

                 Otros cambios:

                   Entrada y salida del territorio:

                   Nuevas disposiciones adaptadas al Código de Fronteras Schengen, con requisitos claros para documentos y medios económicos. La regulación de entradas y salidas se alinea con el marco europeo.

                    Los familiares de residentes de larga duración en otros países de la Unión Europea podrán solicitar la residencia en España sin necesidad de visado.

                     En cuanto al retorno voluntario, las personas que fueran titulares de una residencia de larga duración antes de acogerse a este programa pueden recuperar su permiso de residencia en España si regresan dentro de un plazo de 2 años.

                     Trámites más rápidos y claros

                     La digitalización , la tramitación “ on line” de solicitudes y renovaciones, y la clarificación de los requisitos administrativos. Entre los cambios más importantes se encuentran:

               Listado de documentos claros: Ahora se especifican de forma detallada los documentos necesarios para cada tipo de trámite, reduciendo las interpretaciones ambiguas.

               Estandarización de procesos: Se han establecido criterios uniformes para evitar discrepancias entre diferentes oficinas de extranjería.

                Notificaciones digitales: Se agilizan los tiempos al permitir que las comunicaciones sobre los procedimientos se realicen de manera electrónica, evitando retrasos por notificaciones físicas.

    Se busca facilitar la regularización de hasta 300,000 personas al año, combatiendo la irregularidad y promoviendo la integración social.

    Este reglamento, el más ambicioso en más de una década, entrará en vigor el 20 de mayo de 2025 y pretende responder a los retos demográficos y laborales de España, mientras fomenta una inmigración segura, ordenada y regular.

               Periodo transitorio

    Entre el 20 de noviembre de 2024 en que se publicó la norma y el 20 de mayo de 2025 que entrará definitivamente en vigor, hay una “ vacatio legis “ o   periodo transitorio en el que se aplican  las siguientes  reglas especiales:

                    Las solicitudes presentadas antes del 20 de mayo de 2025 se resolverán con la normativa anterior, salvo que las personas interesadas soliciten expresamente adaptarse al nuevo reglamento, cumpliendo con los requisitos establecidos en él.

                         Las autorizaciones de residencia ya vigentes seguirán siendo válidas hasta su vencimiento, sin necesidad de modificaciones inmediatas.

                        Se podrá solicitar un permiso de arraigo excepcional para personas que hayan estado en España de manera irregular durante al menos 6 meses y tengan una resolución negativa en firme de su solicitud de protección internacional a 20 de mayo de 2025. Estas personas deberán reunir los requisitos de alguna de las formas de arraigo previstas, con esta salvedad referida al tiempo de estancia en situación irregular tras la resolución negativa de protección. Este permiso representa una oportunidad específica para regularizar la situación administrativa en casos muy concretos.

                     Se busca facilitar la regularización de hasta 300,000 personas al año, combatiendo la irregularidad y promoviendo la integración social, según lo que el Gobierno pretende con esta reforma , aunque tenemos ciertas suspicacias por ver la efectividad de la medida, si no va aparejada con la necesidad de refuerzo de las oficinas de extranjería y los consulados para conseguir dar respuesta al previsible aumento de solicitudes.

              Este reglamento, el más ambicioso en más de una década, entrará en vigor el 20 de mayo de 2025 y pretende responder a los retos demográficos y laborales de España, mientras fomenta una inmigración segura, ordenada y regular.

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