El Plazo de Nacionalidad Española por Memoria Democrática se Amplía un Año Más

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    Información sobre El Plazo de Nacionalidad Española por Memoria Democrática se Amplía un Año Más

    El Consejo de Ministros ha aprobado ampliar un año el plazo para ejercer el derecho de optar a la nacionalidad española recogido en la disposición adicional octava de la Ley 20/2022, de Memoria Democrática, que debía finalizar el 21 de Octubre de 2024 hasta el 21 de Octubre de 2025. La prórroga será oficial al día siguiente de su publicación en el BOE.

    Se prorroga, por tanto, por un tercer año el plazo de dos años previsto en ese apartado para el ejercicio del derecho a optar a la nacionalidad española que dicha disposición adicional reconoce a los nacidos fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles, y que, como consecuencia de haber sufrido exilio por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación e identidad sexual, hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad española, así como las personas que se encuentren en los SIGUIENTES SUPUESTOS:

    a) Hijos e hijas nacidos en el exterior de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978.

    b) Hijos e hijas mayores de edad de aquellos españoles a quienes les fue reconocida su nacionalidad de origen en virtud del derecho de opción de acuerdo con lo dispuesto en la presente ley o en la disposición adicional séptima de la Ley 52/2007, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura.

    Desde la entrada en vigor de la mencionada Ley de 21 de Octubre de 2022 tanto en los Registros Civiles del territorio español como en las Oficinas de los Registros Civiles Consulares de los distintos Consulados-Embajadas de España en el extranjero se ha presentado un gran volumen de solicitudes de adquisición de la nacionalidad española por esta vía.

    Hay que indicar que, hasta el 31 de marzo de 2024, han recibido 301.121 solicitudes de opción a la nacionalidad española de origen estos Registro Civiles Consulares.

    Más de un 95 por ciento de las solicitudes se han recibido en las Oficinas Consulares de España en Iberoamérica y en el Consulado General de España en Miami. Concretamente, los cinco Consulados Generales de España en Argentina (Bahía Blanca, Córdoba, Mendoza y Rosario) representan un 40 por ciento de las solicitudes. Y junto con el Consulado General de España en La Habana, superan el 53 por ciento de las solicitudes.

    En todas ellas existe un número de solicitantes que difícilmente podrán ser citados y tramitado su expediente de nacionalidad antes de la finalización del plazo de dos años previsto en la citada disposición adicional octava de la Ley y que finaliza el próximo día 21 de octubre de 2024.

    Cuba es el país con más concesiones de nacionalidad española a través de esta ley de Memoria Democrática, seguido por Argentina y México; puesto que Cuba, es a su vez, el sexto país del mundo donde residen más ciudadanos españoles, después de Argentina, Francia, Estados Unidos, Alemania y Reino Unido. En 2023 en la isla vivían unos 160.833 españoles, casi 120.000 más que en 2009, fundamentalmente beneficiados por concesión de nacionalidad a descendientes de la anterior Ley de la Memoria Histórica (Ley 52/2007 de 26 de Diciembre) y que en los tres años que estuvo en vigor esta ley el número de descendientes de españoles que adquirieron la nacionalidad por esta vía fue de 446 000 ( A pesar de que hubo algunos Consulados que tardaron más de 10 años en tramitar las solicitudes que se hicieron por esta Ley de Memoria Histórica de 2007 y que hubo muy mala comunicación con ellos en muchos de los casos.

    Nuestro despacho es conocedor de los vericuetos burocráticos y de las arduas dificultades no solo de los extranjeros nietos de españoles que residen en España sino de los que viven en el extranjero para conseguir la documentación que se les exige como la partida de nacimiento o matrimonio del Registro Civil y en ausencia de estas (Por que muchas veces han desaparecido, no se encuentran o se han destruido) el certificado eclesiástico de bautismo o boda de los padres o abuelos españoles.

    Y no solo vas a necesitar tiempo y paciencia, sino nuestro asesoramiento y ayuda profesional puesto que ya tenemos mucha práctica, por los numerosos expedientes que hemos tramitado para realizar la búsqueda de todos estos documentos tanto en los Registros Civiles y Juzgados, como en las iglesias y parroquias de los diversos pueblos y ciudades de España, y del resto de archivos con patrimonio documental tanto de administraciones públicas como de entidades privadas para encontrar la raíz de donde saldrá la descendencia y poder tramitar correctamente esa nacionalidad y el acceso a los documentos necesarios y a las principales fuentes disponibles en los archivos para la investigación en memoria Democrática.

    No dejes pasar esta oportunidad única de reconexión con las raíces y herencia española y contar con nuestra asistencia y orientación legal en este laberinto de archivos y que puede ser un esfuerzo enorme, ayudándote a evitar las dificultades y las trabas con que te puedas encontrar.

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